Portada Anterior Siguiente Índice | 9. El Gobierno civil a partir de 1965.

9. El Gobierno civil a partir de 1965.


Fue bajo la administración del Presidente Eduardo Frei Montalva, que las demandas de los isleños por las precarias condiciones económicas, sociales y culturales en que vivían, fueron aceptadas como legítimas, y en 1965, se puso término a la restricción de circular por las costas y fundo de la Isla, traspasándose la administración a manos de CORFO. Los rapanui obtuvieron la ciudadanía chilena recién en 1966.

El proceso anteriormente descrito, conduce a la incorporación efectiva de los isleños al Estado chileno, a través de la llamada “Ley Pascua” (N° 16.441, de 1966), que crea el Departamento de Isla de Pascua en la Provincia de Pascua. Se fijan normas para la organización y funcionamiento de diversos servicios públicos y se faculta al Presidente de la República para otorgar a personas naturales, títulos de dominio en terrenos fiscales urbanos de Rapa Nui. En los últimos años, la administración de la isla se ha basado en esta ley, que le otorga un régimen administrativo y judicial especial. El reconocimiento del abandono histórico y de las especiales condiciones de la isla, se tradujo en beneficios tales como la exención absoluta de impuestos, la prohibición de venta de tierras a extranjeros, y la aplicación de justicia con penas menores para los isleños. En cuanto al patrimonio cultural mueble, se regula su salida de la isla y del país.

Con el advenimiento del gobierno civil en Pascua, el Estado chileno amplía su presencia en todos los ámbitos, instalando oficinas de distintas reparticiones administrativas del Estado, como Ministerios de Justicia, Obras Públicas, Bienes Nacionales, Carabineros, Banco del Estado, SERNATUR de Chile, etc., lo cual se ve facilitado por la implementación de vuelos comerciales regulares por parte de LAN Chile. A partir de ese momento, se inicia un proceso que Andueza denomina la rapanuización[136] de los espacios políticos, que previamente habían estado bajo el control de agentes externos y que cada vez y con mayor incidencia, están siendo reapropiados por los rapanui.

Con todo, los conflictos persisten. En carta abierta dirigida al presidente del Senado, fechada el 27 de septiembre de 1966 y firmada por cincuenta y dos rapanui, se protesta por la falta de consulta por parte de las autoridades en la toma de decisión y por el envío de una dotación de treinta y dos carabineros, más oficiales a la isla, argumentándose que la dotación de personal de carabineros, se habría elevado a razón de un carabinero por cada veinte habitantes, habiendo simultáneamente en el continente localidades sin resguardo policial. El reclamo se extiende además, a hechos concretos como la expropiación de terrenos para la construcción de la escuela, caminos y radio-faro, prometiéndose compensaciones que no se pagaron. Por último, dan a conocer el trato discriminatorio de que son objeto las personas contagiadas con lepra al organizarse, según se afirma, “... una cacería de enfermos de lepra, con auxilio de la policía para internarlos en el Sanatorio, donde hay una extensa lista de contagiados y de enfermos que deben ir por la fuerza a recluirse al lazareto... ”.

En 1966 se suscita un conflicto entre el Alcalde Alfonso Rapu y el Gobernador Enrique Rogers. Los isleños se dividieron en dos grupos, uno que apoyó la posición del gobernador y el otro que dirigía Alfonso Rapu. A Rogers se le acusaba de: ejercer en estado de ebriedad, discriminación política y engaño al no cumplir sus promesas. En el desenlace intervino la fuerza policial y hubo agresión a mujeres[137].

Una de las primeras obras públicas de importancia fue la construcción del aeropuerto de Mataveri, a mediados de los sesenta, que junto con contribuir a mejorar las comunicaciones entre la Isla y el continente, implicó el acopio y traslado de miles de toneladas de material superficial, incluyendo incontables sitios y materiales arqueológicos.

En el año 1966, por otra parte, se instaló en la isla una agencia de CORFO (Corporación de Fomento de la Producción), institución a la que se le encomienda la producción eléctrica, agua potable, manejo del muelle y administración del Fundo Vaitea. En 1980, estas funciones las asume SASIPA (Sociedad Agrícola y de Servicios Isla de Pascua), como empresa filial de CORFO. El Fundo Vaitea (administrado por SASIPA), se dedica a la producción ganadera y a proyectos como la plantación de eucaliptos para la generación de energía eléctrica, lo que nunca fue llevado a cabo. En la actualidad, el territorio del Fundo incluye el área central de la isla, alrededor de Maunga Terevaka y la península de Poike -al oriente-, cubriendo unas 4000 hectáreas.

No hay duda de que la puesta en vigencia de la Ley Pascua de 1966, representó un hito que contribuyó a cambiar de manera definitiva y radical la fisonomía de las relaciones entre el Estado y el Pueblo Rapa Nui. Sin embargo, cabe señalar que no llevó aparejada, necesariamente, la definición e implementación de una política de Estado con perspectiva de largo plazo. Múltiples y con efectos más bien magros, fueron los intentos por subsanar esta insuficiencia, sin contar con que la participación de la población isleña en estos procesos sólo se ha intensificado en los últimos años.

Con el objeto de definir tal política, se han constituido varias comisiones a través del tiempo.

La primera, denominada “Comisión Nacional Asesora para el Departamento de Isla de Pascua”, fue creada por el Ministerio de Economía, Desarrollo y Reconstrucción en 1967 -Decreto Supremo Nº 534 de 28.04.1967-, cuyo objetivo era velar por la conservación del patrimonio arqueológico rapanui, respeto y preservación de la lengua, tradiciones y costumbres de la población local “... coordinar la acción de los organismos estatales, velar por el cumplimiento de los programas...”.

En esa época, por otra parte, visitaron la isla especialistas de UNESCO y del Fondo Mundial de Monumentos, para sentar las bases de un plan de desarrollo en la isla, basado en la calidad de sus recursos arqueológicos y la fragilidad de su ambiente. Al mismo tiempo, estaba en funciones un programa de restauraciones arqueológicas que significó el inicio de la recuperación de la identidad cultural de los rapanui, a partir de la restauración del Ahu Akivi en 1968. Los recursos extranjeros eran complementados con los aportes provenientes del Casino de Viña del Mar, según establecía el artículo 40 de la Ley Pascua.

Ese mismo año, con objeto de proteger los recursos arqueológicos de la isla, y bajo la dirección de los arqueólogos William Mulloy y Gonzalo Figueroa, se dio inicio a un programa de prospección sistemática de los restos arqueológicos. En sus inicios, los trabajos de arqueología se financiaban con un aporte proveniente del casino de Viña del Mar. Sin embargo, este artículo de la Ley Pascua fue derogado en 1974, lo cual significó la pérdida de una importante fuente de financiamiento para la preservación del patrimonio arqueológico rapanui.

El objetivo de la prospección, fue contar con una base de datos pública que sirviera de instrumento de planificación para la toma de decisiones y ordenamiento territorial. En 1977 este proyecto fue traspasado a la Universidad de Chile, donde años más tarde -1979- se crea el Instituto de Estudios de Isla de Pascua, dependiente de la rectoría de dicha casa de estudios. Este instituto debía “... constituirse en una unidad de documentación que permitiera concentrar y sistematizar toda información disponible sobre la Isla”. El Instituto ha funcionado con mayor o menor presencia a lo largo de los años, habiéndose prospectado probablemente el cincuenta por ciento de la superficie total de Rapa Nui. Esta base de datos, sin embargo, no ha sido de carácter público, y de hecho cada grupo de investigadores que ha trabajado en Pascua en los últimos treinta años, ha tenido que re-prospectar su área de trabajo, lo cual no ha facilitado la conservación del enorme patrimonio arqueológico y cultural del Pueblo Rapa Nui.

Posteriormente, en 1971, el Decreto Supremo Nº 1139 crea la “Comisión Nacional para el Desarrollo de la Isla de Pascua”, de modo de asesorar al Presidente de la República a “... coordinar la acción de los organismos estatales en el cumplimiento de los planes de desarrollo elaborados por ODEPLAN”. Esta Comisión estudia y propone un Plan de Desarrollo publicado en 1972, que incluye la creación de un Consejo Departamental de Desarrollo, con amplia participación de la población rapanui, plan que no alcanza a implementarse debido al golpe militar.

A partir del 11 de septiembre de 1973, se pone fin a las cooperativas, se suprimen las organizaciones comunitarias, se suspenden las funciones municipales y se asigna un gobernador militar a Rapa Nui, y el año 1974 se deroga el artículo 40 de la Ley Pascua, a través del cual se establecía un aporte financiero del Casino de Viña del Mar a la municipalidad y el desarrollo de actividades arqueológicas en la isla.

Rapa Nui pasa a ser considerada como punto estratégico, y como un puente aéreo y espacial internacional, lo que lleva al gobierno militar a celebrar un convenio entre la FACH y la NASA. Sin embargo, es bajo ese gobierno que se designa por primera vez a un rapanui como Gobernador de la Isla -Sr. Sergio Rapu Haoa-, transformándose en un precedente respetado por todos los gobiernos posteriores.

El año 1979 se dicta el D.L. Nº 2.885, en virtud del cual se establece la regularización de la propiedad en Isla de Pascua, mediante el otorgamiento de títulos de dominio gratuitos a los poseedores regulares. El proceso es similar al llevado a cabo en las comunidades mapuches, tras la aplicación del D.L. Nº 2.568. En vista de la dictación de este decreto por parte del Gobierno, se generan nuevas discordias entre la población y el fisco. Con el objeto de hacer oír su descontento, los isleños optan por reconstituir el Consejo de Ancianos de Rapa Nui[138], como una expresión social para defender la propiedad de la tierra y comunitaria de la Isla. En carta enviada al Presidente de la República en mayo de 1987, se demanda: el reconocimiento pleno de dicho Consejo; dejar sin efecto el decreto ley 2.885 de 1979; eliminar la inscripción por parte del fisco de tierras en el Conservador de Bienes Raíces de 1933; y, por último, reconocer a los rapanui como únicos y legítimos dueños de las tierras de la Isla. Sin embargo, el gobierno no responde a estas demandas y reivindicaciones de los rapanui.

En 1988, año de la conmemoración del centenario de la anexión de la Isla de Pascua a Chile, el descontento liderado por el Consejo de Ancianos de la isla, llevó a la comunidad a negarse a participar en los festejos programados para tal ocasión. Los rapanui, en palabras de Alberto Hotus, Presidente del Consejo de Ancianos Rapa Nui, de este modo expresaron su descontento frente a la situación de pobreza, cesantía y desabastecimiento que padecía la población isleña, y su reclamo y reivindicación de sus tierras[139], este último, objeto recurrente de los conflictos surgidos entre el Estado y la población Rapa Nui.

TABLA Nº 3
Síntesis Selectiva de la Legislación para Isla de Pascua (1896 - 1990)[140]

Instrumento legal y Año
Descripción de contenidos principales
15 junio 1896
Bol. Leyes y decretos Tomo 65 p. 416
Se crea la subdelegación de la Isla de Pascua, dependiendo de la gobernación marítima de Valparaíso
Dto. 444 RREE
Bol. Leyes y decretos Tomo 85 p. 571 26.04.1916
Se destina a la colonización y se declara como subdelegación de Valparaíso

Ley 3220
Diario Oficial 9.02.1917
Destina fondos para construir lazareto para leprosos y una escuela y dispone que quedará sometida a la dirección del territorio Marítimo de Valparaíso modificada por ley 16.441 1966 art. 42
Ley 3254 D. Of. 27.08.1917
Dispone que la contribución de haberes correspondiente a las propiedades raíces y muebles no se cobrará hasta el 1 de enero de 1919
D.L. 334 D. Of.
11 .08.1932
Fija al subdelegado marítimo grado 11 de escala de estatuto administrativo
D.L. 649 D. Of.
11 .10.1932
Dispone que el personal de los Ministerio de Guerra, Marina e Interior que trabaje en la isla, percibirá gratificación del 25% de sus remuneraciones
D.L. 6432 D. Of.
25 .10.1939
Autoriza al Presidente de la República invertir el 25% del producto de la diferencia entre el precio de franqueo y el de la venta de las estampillas que indica, en obras de salubridad en la isla.
Ley 11.141 D. Of. 02.01.1953
El personal que preste servicios en la isla tendrá el 100% de gratificación de zona

D.F. L.270 art. 3 D. Of. 05.08.1953
Señala beneficios en sus remuneraciones a los médicos y dentistas de la Armada nacional que presten sus servicios en la isla
Modificado por Ley 15.575 art 35 , D. Of.15.05.1964
Ley 12.145 D. Of. 10.10.1956
Escuela N° 72 de isla de Pascua, se denominará “Escuela Lorenzo Baeza Vega”
Dto. 3.095 Hda. D. Of. 10.04.1958
Autoriza exportación de lanas de Isla de Pascua
D.F. L: 338 art 89 D. Of. 06.04.1960
Establece que los empleados fiscales que se desempeñen en la Isla de Pascua, tendrán derecho a que su feriado aumente en el tiempo que demande el viaje al continente
Dto. 852 Def. D. Of. 16.09.1964
Reglamento de pago de remuneraciones de oficiales de sanidad naval embarcados o establecidos en Isla de Pascua
Ley 15.840 art 50
D. Of. 09.11.1964
Señala disposiciones para la ejecución de obras en Isla de Pascua. Modificado por ley 16.441 art 52 D. Of. 01 .03.1966
Ley 16.411
D. Of. 01.03.1966
Llamada Ley Pascua. Crea el Departamento de Isla de Pascua en la Provincia de Pascua. Fija normas para la organización y funcionamiento de diversos servicios públicos y faculta al Presidente de la República para otorgar a personas naturales, títulos de dominio en terrenos fiscales urbanos de Rapa Nui
Dto. 148 Agri
D. Of 11.07.1966
Se crea el Parque Nacional de Turismo “Isla de Pascua”
Decreto Supremo Nº 534 D. Of 28.04.1967-1967
Crea la “Comisión Nacional Asesora para el Departamento de Isla de Pascua” por el Ministerio de Economía, Desarrollo y Reconstrucción, encargada de velar por la conservación del patrimonio arqueológico y la preservación de la lengua, tradiciones y costumbres
Dto. 691 Tierras
D. Of. 26.08.1966
Reglamento de otorgamiento de títulos de dominio de predios urbanos en Isla de Pascua
Dto. 979 Just.
4.07.1968
Crea la cárcel de Isla de Pascua
Decreto Supremo Nº 1139
D. Of. 1971
Crea la “Comisión Nacional para el Desarrollo de la Isla de Pascua”, que debe asesorar al Presidente de la República en la coordinación y la acción de los organismos estatales en la isla y velar por el cumplimiento de los planes de desarrollo elaborados por ODEPLAN.

D.L. 889 art.34 D. Of. 21.02.1975
Indica franquicias tributarias de excepción para la Isla de Pascua
Dto. 868 Hac.
D. Of. 25.07.1975
Destina fondos para adquirir hospital prefabricado para la isla.
D. S.213 D. Of.
1976
Modifica los límites del Parque Nacional y se pasa a llamar Parque Nacional Rapa Nui.
D. Ley 2.885 D. Of. 1979
Dictamina la regularización de la propiedad mediante el otorgamiento de títulos gratuitos de dominio a los poseedores regulares y dicta normas sobre la administración de terrenos fiscales en la isla.
D. Supremo N° 781 D. Of. 1983
Modifica nuevamente los límites del Parque Nacional quedando con 6.666 hectáreas.


[136] Andueza, Pablo. “Mediación en una Sociedad Multicultural: El Modelo de Cogestión en Rapa Nui”. Revista de Ciencias Sociales. Universidad de Valparaíso. Valparaíso. 2000. p. 114.

[137] Véase: Grifferos, Alejandra. “Entre palos y piedras: La reformulación de la etnicidad en Rapanui. Isla de Pascua 1966”. Estudios Atacameños Nº 19, pp: 121-133. Universidad Católica del Norte. San Pedro de Atacama. 2000.
[138] Los sistemas de organización tradicional, operan especialmente a través del Consejo de Ancianos, en el que las diversas familias (mata) tienen su representación, los que están encabezados por un presidente.
[139] Hotus, Alberto. “Histórica Violación de derechos...” Op. cit.
[140] Prado, Juan Guillermo. Boletín de legislación Nacional. Año II. N° 9. Santiago. 1977.